El barranquismo en la desescalada del Covid-19

Viaje hacia una nueva normalidad con las distintas feses por Provincias.

Comenzamos con las medidas para todos los que entran en el amplio abanico del sector turístico en su mayor amplitud. Aquí caben todos.

Y con estas bases encontramos las medidas que van a servirnos para el desarrollo laboral de guía de espacios abiertos, como mar y montaña que es donde a nosotros más nos importa tener unas medidas sanitarias adecuadas y basándonos en que los casos de rebrotes en la actualidad solo son de lugares cerrados y concentraciones masivas. Aun así, no podemos dejar de extremar las precauciones.

En este caso hemos hecho un guiage de Barranquismo acuático en La Mela (Alicante) Grupo de 10 personas que hemos separado en 2 grupos con 1 guía cada uno, y que íbamos separados en todo momento menos en alguna ocasión que nos hemos visto a lo largo del recorrido.

En la Fase 1 comenzamos con las medidas que sanidad y turismo conjuntamente con el gobierno nos implantaban.

Nos desplazaremos en coche por la misma provincia de residencia y en el coche con las personas convivientes. Y solo contratando a una empresa de Turismo Activo para no tener franja horario desde la

 

Fase 1.

¿Todas las actividades se inician en la misma FASE? ¿Son las mismas medidas de higiene, seguridad para todas o cada una está adaptadas?

Todas las actividades outdoor en principio están a la vez abiertas en la fase 1, salvo excepciones concretas, preguntar a los instructores sobre éstas.

Las personas que durante el barranco presten ayuda o las que estén en cualquier punto que seea imposible la distancia de seguridad deben llevar mascarilla y gafas e impedir un contacto cara a cara con el resto de participantes.  Lugares como la reunion de rapel o escalada y vía ferrata. Como los lugares de seguridad para saltar a pozas, destrepes en este caso o asistencias a las personas que lo necesiten.

Los pasos estrechos se organizarán con la distancia de seguridad, esperando turnos y haciendo comentarios sobre la zona visitada y guardando los turnos de acceso.

No olvidemos que nosotros somos el ejemplo y cuando nosotros lo hagamos los demás seguirán el lider y se imitará la forma de proceder. Somos un referente y esto no lo podemos olvidar.

Siempre desde puntos seguros y sin perder el control del grupo, las medidas de seguridad para prevenir contagios por Covid 19 el famoso corona virus que en este momento nos está haciendo llegar a una nueva realidad para poder seguir haciendo aquello que tanto amamos, los deportes de montaña.

Condiciones de la Fase 2

Como referencias del Decreto que regula la nueva normalidad. La Orden SND/414/2020 del 16 de mayo regula las actividades permitidas en la Fase 2. Posteriormente, las Orden SND/440/2020 del 23 de mayo y la Orden SND/445/2020 del 26 de mayo modifica algunos puntos de la primera.

Haciendo que estas fases no sean fáciles por la cantidad de información que se maneja, la tendencia es decidir por uno mismo, y la mayoría de personas no hace nada para evitar el contagio. Por tanto haremos siempre loq ue nos marque nuestro guía de la actividad contratada por la empresa de turismo activo. La Orden SND/442/2020 del 24 de mayo modifica qué territorios pasan a Fase 1 y Fase 2 a partir del 25 de mayo.

En resumen, tanto para la actividad física no profesional como la la práctica de deporte federado se establece:

Se puede realizar por toda la provincia, isla o unidad territorial de referencia  a efectos del proceso de desescalada.


En cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas vulnerables al COVID-19.
En grupos de máximo 15 personas, respetando la distancia de seguridad y las medidas higiénicas recomendadas.

Además, se amplía hasta 20 el número de personas que pueden ir en un grupo que contrate actividades de turismo activo y de naturaleza con empresas de turismo activo.

Fase 3 y nueva normalidad

A la espera de que se publique la normativa que lo regule, el colectivo montañero nos mantendremos atentos y respetuosos a la actividad permitida en cada momento. Iremos actualizando esta información conforme se publique.

Ánimo a todos que ya queda menos. No hemos basado también en estas medidas que nos regulan a todos los dados de alta en Turismo.

 

¿ Se puede hacer barranquismo en la desescalada del covid 19 ?

Respondemos SÍ , igual que todos los deportes con todas las medidas sanitarias e impuestas por el gobierno.

 

MEDIDAS GENERALES

De aplicación a todos los sectores de actividad turística.

1.- No podrán incorporarse a su puesto de trabajo las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.

2.- Medidas de higiene y/o prevención para el personal trabajador (trabajadores propios o de empresas subcontratadas)

• Todos los trabajadores tendrán a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón. • Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros, los trabajadores dispondrán de equipos de protección. Todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de dichos equipos. • El fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso. • Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma. 3.- Organización del trabajo: • Deberá evitarse la coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo, incluida en las entradas y salidas al trabajo. • La distribución de los puestos de trabajo y la organización de los turnos se modificarán para garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre los trabajadores, incluida zonas comunes, vestuarios, taquillas y aseos.

4.- Medidas de higiene y limpieza: • Se realizarán limpieza y desinfección de las instalaciones, adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros y establecimientos, incluidas las zonas privadas de los trabajadores (vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso), con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos y otros elementos de similares características, de acuerdo a las siguientes pautas:

o Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta. o Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección individual utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

• La limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, con una pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. • Se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador. • Se procederá al lavado y desinfección regular de los uniformes y ropa de trabajo siguiendo el procedimiento habitual. • Se realizará tareas de ventilación periódica de las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria por el tiempo necesario para permitir la renovación del aire. • Se dispondrá de papeleras, con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.

5.- En los establecimientos comerciales en los que haya ascensor o montacargas se limitará su uso al mínimo imprescindible. La ocupación máxima, cuando sea necesario su uso, será de 1 persona, salvo que se pueda garantizar la separación de 2 metros o la persona necesite asistencia:

6.- De cara al público:
• Se pondrá a disposición de los clientes dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso a la entrada al local. • La distancia entre vendedor y cliente será de al menos 1 metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de 2 metros sin estos elementos. • En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, etc. se deberá utilizar equipo de protección. • El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario. • Se deberá exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, se respeta en su interior. • Se establecerá sistemas de recuento y control de aforo para que no sea superado, incluyendo a los trabajadores. • Se modificará, cuando sea necesario, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios para garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros. Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida. • Cuando el uso de aseos esté permitido para clientes, su ocupación máxima será de 1 persona, salvo en el caso de personas que precisen asistencia. Se reforzarán las tareas de limpieza y desinfección de los mismos, garantizando siempre el estado de salubridad e higiene. • Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

– Los entrenamientos de los deportistas se desarrollarán siempre cumpliendo estrictamente las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

– Los deportistas no podrán compartir ningún material de uso individual. Si esto no fuera posible, cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o entrenamientos específicos o de mantenimiento mecánico y de material o equipación de seguridad, tendrá que ser desinfectado tras cada uso.

– Se procederá a la limpieza y desinfección de las instalaciones de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

– Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamiento básico, de manera individual, en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.

– La licencia emitida por la federación deportiva sirve de acreditación para el deportista.

– Los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de 14 personas.

– Las tareas de entrenamiento en ligas profesionales se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad de la instalación para los deportistas.

– Está permitido el uso de los vestuarios.

– Las reuniones técnicas de trabajo se pueden realizar con un máximo de 15 participantes, incluyendo al técnico, y manteniendo las medidas de seguridad establecidas.

– Los árbitros pueden acceder a las instalaciones, para su entrenamiento, en las mismas condiciones aplicables a los deportistas y personal técnico.

– Los medios de comunicación no pueden asistir a las sesiones de entrenamiento.

– Reanudación de la competición de las Ligas Profesionales.

– La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.

– Se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición.

– El Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones.

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Alba

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